En la mañana de este martes las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación emitieron dictamen para el proyecto presentado por el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Rovira, que propone la modificación del artículo 21 de la Constitución Provincial para la incorporación de esta nueva figura legal. De obtener sanción, la decisión deberá someterse ad referéndum del pueblo de Misiones conforme el procedimiento de enmienda constitucional, que deberá ser convocado por el Poder Ejecutivo.
Los diputados llegaron a la decisión luego de una ronda de consulta con instituciones involucradas en la temática que abarcó a representantes del Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General. También realizaron aportes el Colegio de Abogados y la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial que participaron del encuentro de este martes.
La querella, a diferencia de la denuncia, es un acto de ejercicio de la acción penal, mediante el cual el querellante, persona ofendida por un delito o sujeto del derecho con capacidad necesaria, asume la cualidad de parte acusadora a lo largo del procedimiento.
Con la redacción actual del artículo 21 de la Constitución Provincial, la acción penal en los delitos de acción pública corresponde de manera intransferible al Estado, quien lo ejerce a través del ministerio público.
La modificación de la letra constitucional incorporaría como instituto el querellante particular, un nuevo sujeto que participa en la esfera de los delitos de acción pública, simbolizando y encarnando la defensa activa.
La redacción
Según consta en el dictamen, el Artículo 21 quedaría redactado de la siguiente manera: “La acción penal en los delitos de acción pública corresponde al Estado sin perjuicio de la participación que se le concede a la víctima y al particular damnificado. Toda persona particularmente ofendida por un delito de los que dan lugar a la acción pública puede intervenir en el proceso como querellante particular en la forma que la ley establezca. Los damnificados por el delito pueden hacer valer en sede penal sus pretensiones resarcitorias o indemnizatorias”.
La presidenta de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Rosanna Venchiarutti, dijo que “la asociación acompaña en su totalidad esta iniciativa del diputado Carlos Rovira, porque considera que es un proyecto que hacía falta”.
“La figura del querellante es sumamente necesaria; está en todas las provincias de la República Argentina, a nuestra provincia le faltaba, y ahora estará acorde”, consideró.
Aseguró que la modificación “hace al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva y le da la posibilidad al particular damnificado o al familiar de la víctima que participe en el proceso penal, pueda instar el proceso penal, y no dejar al fiscal solamente la instancia, como es hasta ahora”.
“Entonces todo este planteo de ‘queremos justicia’, ‘seguridad jurídica’, no queda sólo en manos del Poder Judicial, sino también en el particular, en el ciudadano”, agregó.
El presidente del Colegio de Abogados, Rodrigo Bacigalupi explicó que la modificación apunta a que “la víctima o la familia de la víctima pueda participar activamente de la investigación del proceso penal y constituirse a través de la figura del querellante en una pieza más del proceso para lograr tener una sentencia y que se haga justicia, que es lo que todo ciudadano reclama”.
“Estamos de acuerdo con la enmienda para la incorporación de la figura del querellante, ya que hasta ahora no se contempla la figura del querellante dentro de la Constitución Provincial”, destacó.
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juan Carlos Agulla, indicó que hubo “una participación de todos los sectores involucrados e interesados”.
“Por las reuniones extraordinarias han transitado tanto ministros del Superior Tribunal de Justicia, el procurador general, la Asociación de Magistrados y Funcionarios y el Colegio de Abogados, y todos ellos han hecho aportes y se han congratulado con el proyecto; expresaron su interés para que este proyecto se apruebe, porque es una necesidad la participación de las víctimas de los delitos interviniendo directamente en el proceso”, dijo.
Aseguró que la modificación propuesta es “una herramienta social absolutamente necesaria; estaba prevista en la Constitución Nacional, no así en la Constitución Provincial, que es lo que el Ing. Rovira promueve cambiar, es decir, remover el obstáculo constitucional para lograr la participación de las familias en el proceso penal”.
Provinciales 16:28 07/08/2012 |